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Desmantelando la falsa doctrina protestante de Sóla Fide. (SALVOS SÓLO POR FE)
1. Para empezar a descubrir la verdadera relación entre fe y obras, necesitamos entender uno de los más fundamentales principios en la teología de Pablo -el principio de obligación legal o deuda. Vemos este principio establecido en aquél pasaje tan conocido, Romanos 4:4: “Al que trabaja, el salario no se le cuenta como favor, sino como deuda”).
2. Para ayudarnos a entender este principio, Pablo usa el ejemplo del empleador que está obligado a pagar a su empleado por su trabajo.
“Obligación” se refiere a una compensación medida que es legalmente debida por el empleador al empleado.
Como entendemos el trabajo como algo que requiere el arduo uso de nuestras facultades, el trabajador es alguien que debe ser remunerado, en alguna manera, de forma igual a sus esfuerzos.
Hablando vulgarmente, por un trabajo de una hora, debe ser pagado un salario de una hora.
Salvo que el empleador quiera quebrantar la ley, está legalmente obligado a pagar al trabajador lo que le es debido. No importa si el empleador ama u odia al empleado, o si éste le gusta o disgusta. Está bajo la obligación legal de pagarle.
3. Estableciendo este principio de obligación legal, Pablo introduce la regla fundamental para cualquiera que intente “trabajar” su camino a Dios.
Si la apelación a Dios está basada en la obligación, entonces la relación entre Dios y el hombre se vuelve una en la que la parte que trabaja (el hombre) está legalmente obligando a la parte para la que el trabajo es hecho (Dios) a pagarle por la obra realizada.
4. Por ello, en lo que a la justificación se refiere, un hombre que se acerque a Dios esperando ser remunerado legalmente por sus esfuerzos pone a Dios en la posición de ser “obligado” a reputarlo recto y aceptable, merecedor de vivir con Dios y de ser bendecido por Él por toda la eternidad.
Como en esta situación Dios sería forzado a deber un deuda legal al hombre que trabaja, la relación se basaría en la ley, esto es, en un contrato legal.
Si se basara en la ley, entonces no podría basarse en la benevolencia personal de Dios, también llamada gracia.
5. Esto es precisamente el motivo por el que Pablo, en Romanos 3:28, dice “que el hombre es justificado por la fe aparte de las obras de la ley”.
En una perspectiva más amplia, “las obras de la ley” consisten en “obras hechas sólo bajo contrato legal” que demandan pago por su cumplimiento, sin tener en cuenta si la persona que hace la obra cree o no ni si ama o no a su benefactor.
6. A la inversa, si el hombre apela a la gracia de Dios, Dios le paga de su benevolencia, sin estar legalmente obligado a hacerlo así.
Esta es la distinción primaria entre gracia y obras. S. Pablo reitera este principio en Romanos 11:6, cuando dice: “si es por gracia, ya no es a base de obras, de otra manera la gracia ya no es gracia” (Concilio de Trento, Sesión 6, Capítulo 8, Canon 1).
IV. La fe: el comienzo de la salvación
1. En contraste con las obras realizadas en un intento de obligar a Dios, Pablo habla de la justificación por la gracia de Dios por medio de nuestra fe (Romanos 3:22-24). Dios es un ser personal que quiere que el hombre se relacione con Él personalmente.
Dios no es un empleador impersonal a quien acudimos por nuestra “paga” espiritual para después olvidarnos de Él el resto del día.
Por eso, porque la fe es intrínsecamente personal, es la palabra ideal para describir a quien reconoce la verdadera identidad de Dios; a quien se interesa sinceramente por los propósitos y planes de Dios; a quien confía en que Dios es bueno y está cuidando de nuestros mejores intereses (Romanos 4: 18-22; Hebreos 11:1-40).
2. A la inversa, S. Pablo usa a menudo “obras” u “obras de la ley” como términos contractuales que connotan un tipo de relación impersonal empleador/ empleado: a alguien que está sujeto a un contrato para hacer un trabajo, pero que no está interesado en una relación personal con su empleador.
Trabaja u obra con el solo propósito de la remuneración, pero no tiene auténtico respeto por las metas y aspiraciones de quien le paga. Se jacta de sus cumplimientos y aguarda ser pagado generosamente por su trabajo. Tales pretensiones son un insulto a Dios.
3. Para S. Pablo, los judíos de su tiempo eran el perfecto ejemplo de esta tesis. Los judíos realizaban sus obras ceremoniales en presencia de Dios y pretendían que por tal observancia meticulosa del pacto legal que Dios estableció con Abraham, Dios les debía la salvación, sin tener en cuenta su estilo de vida (Romanos 2-4).
La respuesta de S. Pablo es clara: “¿Quién le ha dado a Él primero para que se le tenga que recompensar? (Romanos 11:35).
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